El cabildo de Cuautitlán Izcalli aprueba estímulos fiscales en el pago del impuesto predial

Habrá condonación del 100% en multas y recargos

El cabildo de Cuautitlán Izcalli aprueba estímulos fiscales en el pago del impuesto predial

El Cabildo de Cuautitlán Izcalli que preside Karla Fiesco García, aprobó una campaña de estímulos fiscales en favor de los izcallenses en los siguientes términos:

Durante la trigésima novena sesión pública del Ayuntamiento, con carácter de ordinaria, se aprobó una campaña de Regularización Fiscal otorga un beneficio para los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación y casa habitación con hasta 50 metros cuadrados de comercio integrado a la vivienda, la condonación del 100% de los accesorios (multas y recargos), que se generen por la omisión en el pago del impuesto predial de los ejercicios fiscales 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

De igual manera, habrá una bonificación del 100% en multas y recargos generados por el pago extemporáneo de los derechos por el uso de vías, plazas públicas, mercados públicos municipales o áreas de uso común para realizar actividades comerciales o de servicios en cualquier ejercicio fiscal.

Para los contribuyentes que acudan a regularizar sus construcciones, recibirán la condonación del 100% de las sanciones generadas por la omisión en la obtención de la licencia de construcción de obra nueva extemporánea en cualquier ejercicio fiscal.

La campaña incluye la regularización fiscal de anuncios publicitarios, para otorgar a los contribuyentes obligados al pago del impuesto sobre anuncios publicitarios, la condonación del 100% en el pago de accesorios (multas y recargos) generados por la omisión en el pago de dicho impuesto, de conformidad con el dictamen que emite la comisión permanente de hacienda en cualquier ejercicio fiscal.

Asimismo, se otorgará una bonificación del 100% en multas y recargos generados por el pago extemporáneo de los derechos para la venta de bebidas alcohólicas al público en botella cerrada o al copeo en general, en establecimientos de servicios o de diversión y espectáculos públicos.

Es importante destacar que para ser acreedor de estos beneficios deberá consultar las restricciones, términos y condiciones, en la Gaceta de Gobierno.