Juez otorga amparo a Samuel García en medio de investigaciones por corrupción y delitos electorales
Obtiene protección judicial que detiene temporalmente todas las investigaciones en su contra por parte de diversas instancias de la FGR y autoridades de Nuevo León.
Ciudad de México, 22 de septiembre del 2023. – En una resolución que podría tener implicaciones políticas y legales de gran alcance, el juzgado séptimo de distrito con sede en Reynosa, Tamaulipas, ha concedido protección de la justicia federal al gobernador de Nuevo León, Samuel García. El amparo detiene cualquier intento de detenerlo, presentarlo o solicitar órdenes de aprehensión en su contra por parte de diez unidades de la Fiscalía General de la República (FGR).
Según la resolución emitida en el juicio de amparo 2063/2023, el mandatario neoleonés no podrá ser objeto de acciones judiciales por parte de diversas instancias de la FGR y autoridades de Nuevo León. Esto incluye la Fiscalía Especializada de Control Competencial, la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros, la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada, y más.
El juez Juan Fernando Alvarado López explicó en su fallo que otorgó la suspensión porque el cargo de García le brinda «inmunidad procesal» según la doctrina y la Constitución. Para que se pueda proceder penalmente contra García, el Congreso del estado tendría que declarar, con al menos dos tercias partes de sus integrantes, si hay lugar o no para proceder contra el gobernador.
Esta resolución llega en un momento delicado, ya que las investigaciones supuestamente involucran operaciones con recursos de procedencia ilícita, delitos electorales y corrupción. La decisión del juez pone un alto temporal a todas estas investigaciones, lo que podría tener implicaciones significativas en la gobernabilidad y la percepción pública de la integridad de las instituciones judiciales y políticas.
La suspensión provisional también garantiza el derecho del gobernador a una audiencia adecuada y a una defensa apropiada. Esto significa que las autoridades responsables deben abstenerse de solicitar audiencias iniciales y, en aquellos casos donde ya se haya realizado una, corresponderá al juez suspender la carpeta judicial respectiva.