RFC y e.firma ya se pueden tramitar en línea con el SAT

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¡Buenas noticias! Ahora puedes tramitar tu RFC, e.firma y Constancia de Situación Fiscal desde casa con las nuevas facilidades del SAT.

 

CDMX a 7 de octubre, 2024.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado la simplificación de dos de sus trámites más solicitados, el RFC y la firma electrónica (e.firma), con el objetivo de brindar mayores facilidades a los contribuyentes. Ahora, los ciudadanos pueden realizar estos trámites desde la comodidad de sus hogares, eliminando la necesidad de realizar la preinscripción en el portal del SAT antes de acudir a una cita, como se requería anteriormente.

 

Uno de los cambios más destacados es que para la inscripción en el RFC y la obtención de la e.firma, solo se necesita la credencial para votar emitida por el INE con domicilio visible y completo. Ya no será necesario presentar la CURP o un comprobante de domicilio. Esta medida busca agilizar el proceso y reducir las barreras para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

 

En cuanto a la renovación de la e.firma, si tiene menos de un año de vencida, el trámite se puede realizar en línea. Si se prefiere hacerlo en una oficina del SAT, solo se necesita una memoria USB para almacenar la nueva firma, además de identificarse con huella digital.

 

Otro trámite que se ha facilitado es la obtención de la Constancia de Situación Fiscal, un documento crucial para muchos contribuyentes. Este trámite se puede realizar tanto de manera presencial, presentando únicamente la credencial para votar o la huella digital, como de forma remota a través de herramientas como el Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat SAT y la Oficina Virtual.

 

Además, el SAT ha implementado la Cédula de datos fiscales, una nueva herramienta que permite a los contribuyentes consultar información importante como su nombre, RFC, régimen fiscal y código postal de manera práctica y accesible.

 

En lo que respecta al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), los contribuyentes registrados en este régimen tienen la ventaja de no tener que presentar la declaración anual, solo deben cumplir con los pagos mensuales. Este régimen también se extiende a quienes se dedican a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas, y que forman parte de uniones de crédito.

 

Finalmente, el SAT ha facilitado la reincorporación al RESICO para aquellas personas físicas que salieron del régimen. Pueden volver al mismo presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

 

Con estos cambios, el SAT busca no solo optimizar la experiencia de los contribuyentes, sino también fomentar el cumplimiento fiscal a través de procesos más simples y accesibles.

 

 

 

 

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